Obtén tu Licencia para Naves Industriales en Montcada i Reixac con Nalba Ingeniería

¿Estás planeando abrir una nave industrial en Montcada i Reixac? En Nalba Ingeniería, somos expertos en la tramitación de permisos y licencias necesarios para iniciar tu actividad industrial sin contratiempos. Conocemos la importancia de un arranque rápido y eficiente para tu negocio, y estamos aquí para asegurar que todo el proceso, desde la solicitud de la licencia de actividad hasta la legalización de tus instalaciones eléctricas y la gestión de cualquier obra de reforma, sea lo más fluido posible.

Servicios de Tramitación y Gestión Integral:

  • Licencia de Actividad o Apertura: Esencial para legalizar el inicio de operaciones de tu nave industrial.

  • Legalización de la Instalación Eléctrica: Garantizamos que tus instalaciones cumplan con todas las normativas vigentes.

  • Licencia de Obras Menores: Si tu nave requiere adaptaciones o reformas, nos encargamos de todo el proceso de licencia para que puedas realizarlas legalmente.

Además, si necesitas realizar reformas y no cuentas con un contratista de confianza, en Nalba Ingeniería ofrecemos un servicio completo de gestión y ejecución de obras. Nuestro equipo de profesionales y nuestra red de colaboradores garantizan una reforma eficiente y de alta calidad, ajustada a tus necesidades y presupuesto.

Presupuestos Sin Compromiso:

Solicita un presupuesto sin compromiso para legalizar y poner en marcha tu nave industrial en Montcada i Reixac. En Nalba Ingeniería, nos comprometemos a ofrecer un servicio excepcional a precios competitivos, asegurando el éxito y el cumplimiento normativo de tu proyecto.

 


Trámites para la obtención de la licencia de actividad o de apertura

Las naves industriales necesitan la correspondiente licencia de actividad o apertura para poder abrir. Esta licencia la ha de tramitar un ingeniero o arquitecto. Se entrega un proyecto al Ayuntamiento.

El Ayuntamiento hace una revisión documental y una inspección de la nave industrial previa a la concesión de la licencia de actividad o apertura.

 

Otros proyectos necesarios

Cuando se está tramitando la licencia de actividad se suele tramitar simultáneamente la licencia de obras (en caso de realizarse obras) y el proyecto eléctrico:

 

  • Proyecto de obras:

Si se necesita hacer obras para acondicionar la nave industrial se deberá tramitar la correspondiente licencia de obras menores en el ayuntamiento. Un ingeniero o arquitecto deberá hacer un proyecto explicando las obras a realizar que se presentará en el ayuntamiento donde se hará una revisión documental del proyecto y, en caso de que sea favorable, se concederá el permiso de obras menores.

 

  • Proyecto eléctrico:

Para la legalización de la instalación eléctrica hará falta un proyecto elaborado por un ingeniero. Este proyecto se entrega a una Entidad de Inspección y Control (EIC) que hace una inspección del local para comprobar que la instalación eléctrica cumple la legislación vigente y está montada según proyecto. Si el resultado de la inspección es favorable queda legalizada la instalación eléctrica.


Requisitos clave para obtener la licencia de actividad en una nave industrial

Antes de poner en marcha una actividad en una nave industrial, es imprescindible que el espacio cumpla con una serie de condiciones técnicas y normativas. Estos requisitos garantizan la seguridad, la salubridad y la legalidad de la actividad, además de ser revisados por el Ayuntamiento durante la tramitación de la licencia.

 

1. Ventilación de la actividad

Las naves industriales deben contar con un sistema de ventilación que asegure la calidad del aire:

  • Ventilación natural: mediante huecos, ventanas o puertas adecuadas.

  • Ventilación mecánica: con equipos de extracción o climatización industrial.

El Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) obliga a garantizar un aporte suficiente de aire exterior que evite la acumulación de contaminantes y mantenga condiciones higiénicas adecuadas. En actividades con emisiones de polvo, gases o vapores, se exigen sistemas específicos de extracción localizada.

 

2. Altura mínima de los espacios

La altura útil de cada zona de la nave debe ajustarse a la normativa:

  • Oficinas, despachos y áreas de trabajo administrativo: mínimo 2,5 m.

  • Aseos, vestuarios, almacenes auxiliares o cámaras de residuos: mínimo 2,1 m.

En el caso de disponer de falso techo, la altura libre se mide desde el suelo acabado hasta el propio falso techo, lo que debe tenerse en cuenta en la fase de diseño.

 

3. Aislamiento acústico

La actividad no puede superar los límites de ruido establecidos por la normativa acústica municipal y autonómica.
Si la actividad genera niveles sonoros superiores a los permitidos, será obligatorio ejecutar medidas de aislamiento y acondicionamiento acústico, como:

  • Revestimientos absorbentes.

  • Cerramientos dobles o reforzados.

  • Cabinas o pantallas acústicas para maquinaria ruidosa.

Esto es especialmente relevante en naves cercanas a zonas residenciales.

 

4. Resistencia al fuego de la estructura

El Código Técnico de la Edificación (CTE) establece la resistencia mínima al fuego según uso y superficie de la nave:

  • Estructura de hormigón: habitualmente cumple con la resistencia exigida.

  • Estructura metálica o de madera: requiere tratamiento de ignifugación mediante pinturas, morteros o paneles protectores hasta alcanzar la resistencia normativa.

     





 

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