Licencia de actividad clínica dental Sevilla

Para abrir o montar una clínica dental hace falta tramitar los permisos de apertura necesarios como son la licencia de actividad o apertura, la legalización de la instalación eléctrica y la licencia de obras menores en caso de hacerse obras de adecuación o reforma en el local.

Somos una ingeniería con una amplia experiencia en la tramitación de permisos de apertura de todo tipo de actividades, trabajamos en toda la ciudad de Sevilla y alrededores.

Además de la tramitación de los permisos de apertura de actividad también podemos gestionar la ejecución de las obras de reforma de su local en caso que tenga que hacer obras y no disponga de una empresa de obras de confianza.

Nos puede solicitar un presupuesto sin compromiso para legalizar su clínica dental, ofrecemos un servicio de calidad a precios muy competitivos.

Opiniones clientes

Para que los visitantes de esta web tengan referencias sobre cómo trabajamos, hemos publicado opiniones sobre nuestra ingeniería de algunos de nuestros últimos clientes. Estas opiniones se pueden consultar en el siguiente enlace: opiniones clientes.

Otros proyectos necesarios

Se suele tramitar simultáneamente la licencia de obras (en caso de realizarse obras) y el proyecto eléctrico:

 

  • Proyecto de obras:

Si se necesita hacer obras para acondicionar el local se deberá tramitar la correspondiente licencia de obras menores en el ayuntamiento de Sevilla.

 

  • Proyecto eléctrico:

Algunas actividades están consideradas como locales de pública concurrencia en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y, por tanto, para la legalización de la instalación eléctrica hará falta un proyecto elaborado por un ingeniero.

Requisitos a tener en cuenta para poder obtener la licencia de actividad de un local en Sevilla

Hay una serie de aspectos a tener en cuenta para poder obtener la licencia de una actividad en Sevilla, entre ellos podemos destacar los siguientes:

Instalación eléctrica:

En caso de que la actividad se considere según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión como un local de pública concurrencia el cableado del local debe ser un tipo de cable especial denominado libre de halógenos (cable no propagador del incendio y con emisión de humo y opacidad reducida).

En caso de elegir un local con una instalación eléctrica formada por cables que no son libres de halógenos, la instalación se deberá cambiar por completo de manera que los cables sean libres de halógenos, por tanto este es uno de los factores a tener en cuenta cuando se están buscando locales para montar un una actividad clasificada como pública concurrencia.

Accesibilidad para usuarios con silla de ruedas

Se deberá de cumplir El Código Técnico de la Edificación Sección SUA. y , por tanto, algunas de las actividades deberán de estar adaptadas para usuarios en silla de ruedas, tanto aseo adaptado como itinerario adaptado. En cuanto al acceso al local no podrá haber escalones y si tendrá que disponer de una rampa de acceso al local que tendrá que tener una pendiente determinada en función de la longitud. El ancho mínimo de la puerta será de 80 cm.

El itinerario en el interior del local también deberá de estar adaptado a minusválidos de manera que sean lo suficientemente anchos para la circulación de la silla de ruedas.

Las puertas de paso interiores deberán de tener un ancho mínimo de 80 cm.

Ventilación de la actividad

Las actividades deben estar ventiladas, bien de forma natural (a través de puertas y ventanas) o bien mecánicamente con un ventilador. La normativa que le aplica a la ventilación de las actividades es el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE). Según esta normativa las actividades dispondrán de un sistema de ventilación para el aporte del suficiente caudal de aire exterior que evite la formación de elevadas concentraciones de contaminantes. Las categorías de calidad del aire interior se clasifican en función de las actividades,

En función del uso del edificio o local, la categoría de calidad del aire interior (IDA) que se deberá alcanzar será, como mínimo, la siguiente:

IDA 1 (aire de óptima calidad): hospitales, clínicas, laboratorios y guarderías.

IDA 2 (aire de buena calidad): oficinas, residencias (locales comunes de hoteles y similares, residencias de ancianos y de estudiantes), salas de lectura, museos, salas de tribunales, aulas de enseñanza y asimilables y piscinas.

IDA 3 (aire de calidad media): edificios comerciales, cines, teatros, salones de actos, habitaciones de hoteles y similares, restaurantes, cafeterías, bares, salas de fiestas, gimnasios, locales para el deporte (salvo piscinas) y salas de ordenadores.

IDA 4 (aire de calidad baja)

A cada IDA le corresponderá un caudal de ventilación diferente:

IDA 1: 20 dm3 /s por persona
IDA2: 12,5 dm3 /s por persona
IDA3: 8 dm3 /s por persona
IDA 4: 5 dm3 /s por persona

Para locales donde esté permitido fumar, los caudales de aire exterior serán, como mínimo, el doble de los indicados

El número de personas será el calculado según las tablas de la Sección SI3 del Código Técnico de la Edificación, este método de cálculo del aforo se explicará posteriormente.

Esta ventilación se puede conseguir por un ventilador de extracción de aire o bien la misma instalación de climatización, si tiene aportación de aire exterior, se puede utilizar como ventilación del local y así cumplir con lo establecido en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los edificios (RITE).



Cálculo del aforo del local

El aforo del local vendrá determinado por las tablas de la Sección SI 3 (Evacuación de ocupantes) del Código Técnico de la Edificación. El local se dividirá en varias superficies y cada superficie tendrá una ocupación.

La altura de evacuación del edificio será la altura del último piso del edificio respecto de la calle.

Puede haber dentro del local zonas que se les considere un sector de incendios diferenciado del conjunto del local. Estas zonas pueden ser:


Las condiciones de las zonas de riesgo especial serán:

Resistencia al fuego de la estructura portante: (Minutos que puede aguantar el fuego la estructura sin venirse abajo)

 

Riesgo Bajo: R90

Riesgo medio: R120

Riesgo alto: R180

Resistencia al fuego de las paredes y techos que separan la zona del resto del edificio:

Riesgo bajo: EI 90

Riesgo medio: EI 120

Riesgo alto: EI 180


Vestíbulo de independencia en cada comunicación con el resto del edificio:


Riesgo bajo: No hace falta.

Riesgo medio: Sí hace falta.

Riesgo alto: Sí hace falta.


Puertas de comunicación con el resto del edificio:


Riesgo bajo: EI2 45-C5

Riesgo medio: 2 x EI2 30 -C5

Riesgo alto: 2 x EI2 45-C5


Las puertas standard de resistencia al fuego son las EI2 60-C5 que son las que se suelen utilizar ya que son más resistentes al fuego que las mínimas que marca la normativa.

Máximo recorrido hasta alguna salida del local:


Riesgo bajo: ≤ 25 m

Riesgo medio: ≤ 25 m

Riesgo alto: ≤ 25 m


El recorrido de evacuación del local será la distancia entre cualquier punto del interior del sector de riesgo y la salida al exterior. Se considerará el recorrido máximo y en ningún caso puede superar los 25 metros.

Las paredes, suelos y techos del local deben tener la siguiente reacción al fuego:


Zonas ocupables:

De techos y paredes: C-s2,d0

De Suelos: EFL

Zonas de riesgo especial:

De techos y paredes: B-s1,d0

De Suelos: BFL-s1

La reacción al fuego, a grandes rasgos, determina la capacidad de un elemento para propagar el fuego. Si en el local hay moquetas, parquets o paredes de madera deberemos asegurarnos que cumplen con la reacción al fuego. Para poder justificarlo es necesario que la empresa instaladora emita un certificado donde se describen los elementos instalados y su reacción al fuego, y un ensayo de laboratorio dónde demuestre que el material instalado cumple con la reacción al fuego que se quiere justificar.

 

Resistencia al fuego de la estructura

Si la estructura del local es de hormigón prácticamente seguro que alcanzamos la resistencia al fuego que nos exige el Código Técnico de la Edificación, sin embargo, cuando la estructura es metálica o de madera, será necesaria la ignifugación de la estructura hasta alcanzar la resistencia al fuego requerida en cada caso.

Protección en caso de incendios

La salida del local deberá de abrir hacia el interior del local y que disponga de un ancho suficiente para que se garantice la correcta evacuación de la gente que esté en el local en el momento del incendio sin provocar ninguna situación de pánico.

Los recorridos de evacuación deberán de ser de 25 metros desde casi cualquier punto del local, exceptuando algunos, hasta la salida a un espacio exterior seguro. Este recorrido se puede ampliar a 50 metros siempre y cuando haya dos puertas de salida a la calle y éstas estén lo suficientemente alejadas.

La slaida del local y los recorridos hasta las salidaas del local deben de estar correctamente señalizados con las señalizads diseñadas exclusivamente para eso y iluminados con luces de emergencia en caso de que haya un corte de luz durante la evacuación del local.

El local deberá de disponer de las instalaciones contra incendios que se muestran en la siguiente tabla en función del uso del edificio:

 

Uso previsto del edificio o establecimiento Instalación Condiciones
En general
Extintores portátiles Uno de eficacia 21A -113B:
- A 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación .
- En las zonas de riesgo especial conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB.
Bocas de incendio equipadas En zonas de riesgo especial alto, conforme al capítulo 2 de la Sección SI1, en las que el riesgo se deba principalmente a materias combustibles sólidas
Ascensor de emergencia En las plantas cuya altura de evacuación exceda de 28 m.
Hidrantes exteriores Si la altura de evacuación descendente excede de 28 m o si la ascendente excede de 6 m, así como en establecimientos de densidad de ocupación mayor que 1 persona cada 5 m² y cuya superficie construida está comprendida entre 2.000 y 10.000 m².
Al menos un hidrante hasta 10.000 m² de superficie construida y uno más por cada 10.000 m² adicionales o fracción.
Instalación automática de extinción Salvo otra indicación en relación con el uso, en todo edificio cuya altura de evacuación exceda de 80 m.
En cocinas en las que la potencia instalada exceda de 20 kW en uso Hospitalario o Residencial Público o de 50 kW en cualquier otro uso
En centros de transformación cuyos aparatos tengan aislamiento dieléctrico con punto de inflamación menor que 300ºC y potencia instalada mayor que 1 000 kVA en cada aparato o mayor que 4 000 kVA en el conjunto de los aparatos. Si el centro está integrado en un edificio de uso Pública Concurrencia y tiene acceso desde el interior del edificio, dichas potencias son 630 kVA y 2 520 kVA respectivamente.
Residencial Vivienda
Columna seca Si la altura de evacuación exceda de 24 m.
Sistema de detección y de alarma de incendio Si la altura de evacuación exceda de 50 m.
Hidrantes exteriores Uno si la superficie total construida esté comprendida entre 5.000 y 10.000 m² . Uno más por cada 10.000 m² adicionales o fracción.
Administrativo
Bocas de incendio equipadas Si la superficie construida excede de 2.000 m² .
Columna seca Si la altura de evacuación excede de 24 m.
Sistema de alarma Si la superficie construida excede de 1.000 m² .
Sistema de detección de incendio Si la superficie construida excede de 2.000 m² , detectores en zonas de riesgo alto conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB. Si excede de 5.000 m² en todo el edificio.
Hidrantes exteriores Uno si la superficie total construida está comprendida entre 5.000 y 10.000 m² . Uno más por cada 10.000 m² adicionales o fracción.
Residencial Público
Bocas de incendio equipadas Si la superficie construida excede de 1.000 m² o el establecimiento está previsto para dar alojamiento a más de 50 personas.
Columna seca Si la altura de evacuación excede de 24 m.
Sistema de detección y de alarma de incendio Si la superficie construida excede de 500 m² .
Instalación automática de extinción Si la altura de evacuación excede de 28 m o la superficie construida del establecimiento excede de 5 000 m² .
Hidrantes exteriores Uno si la superficie total construida está comprendida entre 2.000 y 10.000 m² . Uno más por cada 10 000 m² adicionales o fracción.
Hospitalario
Extintores portátiles En las zonas de riesgo especial alto, conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB, cuya superficie construida exceda de 500 m², un extintor móvil de 25 kg de polvo o de CO 2 por cada 2.500 m² de superficie o fracción.
Columna seca Si la altura de evacuación excede de 15 m.
Bocas de incendio equipadas En todo caso.
Sistema de detección y de alarma de incendio En todo caso. El sistema dispondrá de detectores y de pulsadores manuales y debe permitir la transmisión de alarmas locales, de alarma general y de instrucciones verbales. Si el edificio dispone de más de 100 camas debe contar con comunicación telefónica directa con el servicio de bomberos.
Ascensor de emergencia En las zonas de hospitalización y de tratamiento intensivo cuya altura de evacuación es mayor que 15 m.
Hidrantes exteriores Uno si la superficie total construida está comprendida entre 2.000 y 10.000 m² . Uno más por cada 10.000 m² adicionales o fracción.
Docente
Bocas de incendio equipadas Si la superficie construida excede de 2.000 m².
Columna seca Si la altura de evacuación excede de 24 m.
Sistema de alarma Si la superficie construida excede de 1.000 m² .
Sistema de detección de incendio Si la superficie construida excede de 2.000 m² , detectores en zonas de riesgo alto conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB. Si excede de 5.000 m² , en todo el edificio.
Hidrantes exteriores Uno si la superficie total construida está comprendida entre 5.000 y 10.000 m² . Uno más por cada 10.000 m² adicionales o fracción.
Comercial
Extintores portátiles   En toda agrupación de locales de riesgo especial medio y alto cuya superficie construida total excede de 1.000 m², extintores móviles de 50 kg de polvo, distribuidos a razón de un extintor por cada 1 000 m² de superficie que supere dicho límite o fracción.
Bocas de incendio equipadas Si la superficie construida excede de 500 m² .
Columna seca Si la altura de evacuación excede de 24 m.
Sistema de alarma Si la superficie construida excede de 1.000 m² .
Sistema de detección de incendio Si la superficie construida excede de 2.000 m² .
Instalación automática de extinción Si la superficie total construida del área pública de ventas excede de 1.500 m² y en ella la densidad de carga de fuego ponderada y corregida aportada por los productos comercializados es mayor que 500 MJ/m², contará con la instalación, tanto el área pública de ventas, como los locales y zonas de riesgo especial medio y alto conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB.
Hidrantes exteriores Uno si la superficie total construida está comprendida entre 1 000 y 10 000 m² . Uno más por cada 10 000 m² adicionales o fracción.
Pública concurrencia
Bocas de incendio equipadas Si la superficie construida excede de 500 m² .
Columna seca Si la altura de evacuación excede de 24 m.
Sistema de alarma Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser apto para emitir mensajes por megafonía.
Sistema de detección de incendio Si la superficie construida excede de 1000 m².
Hidrantes exteriores En cines, teatros, auditorios y discotecas con superficie construida comprendida entre 500 y 10.000 m² y en recintos deportivos con superficie construida comprendida entre 5.000 y 10.000 m²
Aparcamiento
Bocas de incendio  Si la superficie construida excede de 500 m² . Se excluyen los aparcamientos robotizados.
Columna seca Si existen más de tres plantas bajo rasante o más de cuatro sobre rasante, con tomas en todas sus plantas.
Sistema de detección de incendio Si la superficie construida excede de 500 m² Los aparcamientos robotizados dispondrán de pulsadores de alarma en todo caso.
Hidrantes exteriores Uno si la superficie construida está comprendida entre 1.000 y 10.000 m² y uno más cada 10.000 m² más o fracción.
Instalación automática de extinción En todo aparcamiento robotizado .


La resistencia al fuego de los elementos estructurales principales será la siguiente:


Uso del sector de incendio considerado (1) Plantas de sótano Plantas sobre rasante
altura de evacuación del edificio
< 15 m < 28 m >28 m
Vivienda unifamiliar (2) R 30 R 30 - -
Residencial Vivienda, Residencial Público, Docente, Administrativo R 120 R 60 R 90 R 120
Comercial, Pública Concurrencia, Hospitalario R 120 (3) R 90 R 120 R 180
Aparcamiento (edificio de uso exclusivo o situado sobre otro uso) R 90
Aparcamiento (situado bajo un uso distinto) R 120 (4)
(1) La resistencia al fuego suficiente R de los elementos estructurales de un suelo que separa sectores de incendio es función del uso del sector inferior. Los elementos estructurales de suelos que no delimitan un sector de incendios , sino que están contenidos en él, deben tener al menos la resistencia al fuego suficiente R que se exija para el uso de dicho sector.
(2) En viviendas unifamiliares agrupadas o adosadas, los elementos que formen parte de la estructura común tendrán la resistencia al fuego exigible a edificios de uso Residencial Vivienda .
(3) R 180 si la altura de evacuación del edificio excede de 28 m.
(4) R 180 cuando se trate de aparcamientos robotizados.




Proyectos de obras

Cuando se va a iniciar una actividad, habitualmente se tienen que hacer obras de reforma, ya sea para mejorar la imagen del local o para adecuarlo a normativa.

Cuando estas obras afectan a la distribución se tiene que presentar un proyecto de obras justificando que las obras cumplen normativa y que la actividad que se desarrollará posteriormente también cumple la normativa vigente.

Es importante destacar que, hasta que no se tiene la licencia favorable, no se pueden iniciar las obras en el local.

NALBA INGENIERÍA SEVILLA

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